Culiacán, Sin.- Este miércoles, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó los acuerdos que en su momento emitió el Congreso del Estado respecto a la aprobación o rechazo de los informes individuales de la revisión y fiscalización de la cuenta pública de varios municipios y entes públicos estatales y municipales, así como del informe general ejecutivo de fiscalización superior de la cuenta pública, correspondientes al ejercicio fiscal 2018.
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Esto luego de que a finales del mes de julio del 2020 el ex gobernador Quirino Ordaz Coppel envió observaciones al Congreso del Estado sobre los acuerdos de las cuentas públicas los municipios de Angostura, Choix, Concordia, Cosalá, El Fuerte, Guasave, Navolato y Salvador Alvarado; seis juntas de agua potable y organismos descentralizados, con lo que se vetó su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
El Poder Judicial Federal informó que el Ejecutivo del Estado no tiene facultad para intervenir o vetar las actuaciones del órgano legislativo con el pretexto de que el procedimiento fue contrario al marco constitucional o legal de la entidad. En todo caso, de estar inconforme, debió hacer valer los medios de control constitucional correspondientes una vez difundidos en el medio oficial.
En su momento, la Mesa Directiva hizo llegar al Gobierno del Estado un oficio que dio respuesta al documento que contiene las observaciones realizadas por el Poder Ejecutivo, haciendo de su conocimiento que los mencionados acuerdos se encuentran vigentes y que una vez expresado lo anterior, se le remiten de nuevo para el único efecto de que se cumpla con el Artículo Segundo Transitorio de los acuerdos, es decir, su publicación en el Periódico Oficial.
Con dicha determinación, la Suprema Corte ordena al Poder Ejecutivo de Sinaloa publicar los acuerdos y decretos en el Periódico Oficial del Estado puesto que el hecho de que haya estimado que el Congreso actuó incorrectamente al emitir los decretos referidos no le autoriza negarse a publicarlos.
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