
Culiacán, Sin.- El presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, el diputado morenista, Feliciano Castro Meléndrez informó que el Poder Legislativo fue notificado de que fueron admitidos ocho solicitudes de juicio de amparo en diversos Juzgados de Distrito contra la Ley General de Educación Superior, con el objeto de impugnar los párrafos Tercero y Cuarto del Artículo 3, el Artículo 51 fracción 8 y el Artículo 59. De ellas, se otorgaron suspensiones provisionales en cuatro de ellas.
Se trata de amparos promovidos por integrantes del Consejo Universitario de la UAS, por lo que los efectos jurídicos de dichas suspensiones solo abarcan al promovente, es decir, al individuo que la solicitó y no a la institución.
Los artículos en los que se logró dicha suspensión fue el 3, relacionado con las consultas para la modificación de las leyes orgánicas de las instituciones, así como el 59, en el que se señala que el Estado implementará un Sistema Estatal de Evaluación y Acreditación de Educación Superior.
“Dice este artículo: La Federación, los Estados, el Distrito Federal, los municipios o cualquier persona moral pública podrán solicitar amparo por conducto de los servidores públicos o representantes que señalen las disposiciones aplicables, cuando la norma general, un acto u omisión los afecten en su patrimonio respecto de relaciones jurídicas en las que se encuentren en un plano de igualdad con los particulares. Está muy claro”, dijo.
Recalcó que dicha Ley está vigente, señalando que las autoridades de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) generaron información falsa, diciendo que la Universidad está protegida de cara a dicha normatividad, señalando que dicha mentira es un agravio a Sinaloa y a la comunidad universitaria, pues la Casa Rosalina no puede ampararse como tal, porque de acuerdo al artículo 7 de la Ley de Amparo este es viable cuando se afecte el patrimonio de una persona moral, situación que no sucede.
“Pero, incluso, decir ahorita que se ven favorecidos es decir que el problema ya está resuelto y no, solo es una suspensión provisional para poner bajo reserva los derechos de las personas que están interponiendo el recurso. Vamos a ver, nosotros tenemos la convicción de que en estricto apego a la ley y al derecho la resolución tendrá que ver en no concederle la suspensión definitiva”, comentó.
Castro Meléndrez indicó que desde la perspectiva del Congreso del Estado se cuida siempre la constitucionalidad y no tienen duda de que les asiste la razón en el Proceso Legislativo del cual resultó la Ley General de Educación Superior para el Estado de Sinaloa.
Cabe recordar que tendrán que llevarse a cabo las audiencias incidentales sobre las suspensiones provisionales y posteriormente los juzgados tendrán que resolver el fondo de las solicitudes de amparo.
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