Ciudad de México.- Este 18 de mayo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inválido el decreto presidencial, con el que se clasificó como asunto de seguridad nacional, a las obras prioritarias del gobierno federal.
La controversia constitucional se presentó en 2021, por el Instituto Nacional de Transparencia, Accesos a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Juan Luis González Alcántara Carrancá, fue el ministro a cargo del proyecto de resolución, quien consideró procedente y fundada la queja contra el decreto del Ejecutivo.
Lo anterior por considerar que de clasificarse como tal, se vulnera el derecho a la información, lo que lo hace susceptible en el actuar del INAI.
“Se extraen algunos argumentos suficientes para considerar que la emisión del acuerdo impugnado es susceptible de causar un impacto en el derecho de acceso a la información”, expresa en el proyecto.
Este jueves, ocho ministros votaron a favor de invalidar el acuerdo presidencial, que desde noviembre del 2021, se encontraba publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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