
Culiacán Sin.- Aunque los candidatos ganadores del pasado proceso electoral, en su mayoría ya tienen la constancia que los acredita como tal, en el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) se siguen resolviendo las inconformidades derivadas de la contienda y este fin de semana se dictaron tres sentencias a expedientes interpuestos por diferentes partidos políticos.
El primero de los expedientes resuelto, fue interpuesto por los partidos Morena y Verde Ecologista de México, solicitando el recuento total de votos municipales; solicitud que, al ser analizada por la magistrada Aída Inzunza Cázares, resolvió improcedente por no acreditar jurídicamente sus razones para que se le conceda su solicitud, por lo que propuso y se aprobó por unanimidad, no conceder el recuento total de votos
“En la solicitud hecha para que este Tribunal realice el recuento total, el partido actor omite expresar el error o las inconsistencias en las actas, así como tampoco aduce la indebida actuación administrativa de la autoridad electoral durante el desarrollo del cómputo municipal que pudiera justificar un recuento ante este órgano jurisdiccional, es decir, su petición resulta genérica e imprecisa, pues la falta de argumentos impide conocer las razones en lo que sustenta la votación que pretende sin que sea posible tal recuento”.
El segundo expediente resuelto por el Teesin, fue la solicitud interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) solicitando la nulidad de la elección para diputados locales en los distritos 02 de Ahome, 11 y 13 ambos de Culiacán argumentando la presunta intromisión de servidores públicos y la coacción de miembros de diferentes sindicatos para hacer proselitismo y votar a favor de las candidaturas de Morena; expediente que al ser analizado por el magistrado Luis Alfredo Santana Barraza … resolvió improcedente la solicitud ya que la parte quejosa no presentó las pruebas.
“La inoperancia de su pretensión se materializa, ya que el actor no refiere, ni señala de manera individualizada las casillas cuya acción pretende anular, ni tampoco señala la causal que considera actualizada en cada una de ellas y en virtud de lo anterior, en los proyectos de sentencia, con motivo de la presente cuenta conjunta, se propone confirmar la legalidad de los acuerdos”.
Finalmente, También por unanimidad, el pleno rechazó la solicitud de Morena interpuesta en contra del candidato de la coalición Fuerza y Corazón por Sinaloa, José Domingo Vázquez, por utilizar recursos públicos al presentarse al debate entre candidatos con seguridad de un militar y dos agentes ministeriales, ya que al no ostentar la calidad de servidor público, no debía hacerlo acreditando el señalado contar con la debida autorización al haber presentado la solicitud ante el Instituto Electoral del Estado por lo que dicha solicitud de sanción fue rechazada.
“En consecuencia, el procedimiento sancionador 90/2024 se resuelve único: Es inexistente la infracción legal atribuida al candidato y partidos políticos denunciados de conformidad con las consideraciones expresadas en esta sentencia”.
Los tres expedientes presentados para su análisis y sanción fueron resueltos sin discusión y aprobados por unanimidad del pleno de los magistrados.
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