
Culiacán Sinaloa.- Con el voto de 31 diputados presentes en la sesión de este martes 30 de julio, el Congreso del Estado aprobó reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa para garantizar el voto a sinaloenses residentes en el extranjero únicamente en la elección de gobernador o gobernadora.
En el dictamen aprobado se puntualiza que en la reforma las y los ciudadanos sinaloenses que residan en el extranjero tendrán derecho a emitir el sufragio únicamente en la elección de gobernador o gobernadora del estado, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de México, en la Constitución estatal, en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en esta Ley y en los reglamentos y/o lineamientos que en su caso expida el Consejo General, quien para tal efecto podrá suscribir convenio con el Instituto Nacional Electoral, a partir del cual establecerá las modalidades para la recepción de este tipo de sufragios.
Al momento de discutir el dictamen, el diputado César Ismael Guerrero Alarcón y la diputada Luz María Torres Noriega, desde tribuna extrnaron que aprobar que sinaloenses en el extranjero puedan participar en la elección de una de sus autoridades es un acto de justicia toda vez que, a pesar de estar fuera por diversas circunstancias, está demostrado que mantienen fuertes lazos con la entidad, principalmente económicos.
“Creo que es importante el logro que estamos haciendo en estos momentos porque es importante reivindicar a esos sinaloenses que se la han partido por todos nosotros también y que quieren seguir participando en la vida pública del estado de Sinaloa el dictamen que nos presenta la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación y de Asuntos Migratorios, resulta de gran importancia en el sentido de reconocer y ampliar cada vez más los derechos de los ciudadanos sinaloenses en el extranjero”
La reforma establece que para ejercer el voto las y los sinaloenses residentes en el extranjero, deberán satisfacer los requisitos a que se refiere el artículo 6 la Ley Electoral y mismos que deberán acreditar ante el Instituto y en su caso ante el Instituto Nacional Electoral; además, deberán presentar su credencial para votar la cual deberá tener domicilio del estado de Sinaloa y solicitar su inscripción en el listado nominal de los ciudadanos residentes en el extranjero que lleva el Instituto Nacional Electoral.
El Instituto Estatal Electoral proveerá lo necesario para que al menos 180 días antes del inicio del Proceso Electoral, las y los sinaloenses radicados en el extranjero soliciten su inscripción en el listado nominal de ciudadanos sinaloenses radicados en el extranjero, por cualquiera de los siguientes medios:
*Personalmente en las oficinas del Instituto Nacional Electoral.
*Personalmente en las embajadas y consulados mexicanos del país de su residencia.
*Por vía remota eléctrica, y
*Por vía remota postal.
La reforma aprobada prohíbe a partidos, coaliciones y candidatos a contender por la gobernatura, realizar precampañas o campaña electoral en el extranjero, en consecuencia no deberán desarrollar, durante los procesos electorales o fuera de ellos, actividades o actos de propaganda electoral ni contratar medios de comunicación para la promoción del proceso o de algún partido o candidato o candidata en el extranjero.
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