Culiacán, Sin.- Por violar el derecho a la privacidad de menores de edad utilizados en propaganda electoral, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) acordó imponer una sanción pública al excandidato a la alcaldía de Mazatlán postulado por la coalición Fuerza y Corazón por Sinaloa, Guillermo Romero.
Por unanimidad de votos, también se acordó que dicha sanción fuese también impuesta a los partidos que postularon a Guillermo Romero, Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Sinaloense, por no haber supervisado las publicaciones que su ahora excandidato hacía como parte de sus acciones de precampaña y campaña para lograr el voto ciudadano.
Correspondió a la magistrada presidenta del Teesin, Carolina Chávez Rangel, leer la sentencia que se impone tanto a Guillermo Romero como a los partidos que lo postularon a la alcaldía de Mazatlán.
“Se impone a Guillermo Romero Rodríguez y a los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Sinaloense una amonestación consistente en Amonestación Pública; se ordena al candidato y a los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Sinaloense que difuminen los rostros de las niñas, niños y adolescentes de tal forma que no sean identificables”.
Además, durante la misma sesión, también se acordó por unanimidad, ordenar al Instituto Estatal Electoral de Sinaloa, de conformidad con lo que establece el Artículo 146 Bis Fracción Sexta, iniciar procedimiento para la destitución del o la titular del Consejo Municipal por incurrir en falsedad al avalar un procedimiento administrativo interpuesto por el excandidato Guillermo Romero, ya que éste al acudir a presentar su escrito de impugnación de la elección municipal de Mazatlán, enumeró hechos y acciones que de la elección en fecha no se habían presentado, por lo que el Tribunal ordena se investigue y sancione de acreditarse la conducta.
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