Culiacán Sinaloa.- La tarde de este miércoles 11 de septiembre, luego de tres meses nueve días, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) y tras cumplir con un ordenamiento de la Sala Regional Guadalajara y realizarse un recuento de votos de tres polémicas casillas, se resuelve que el ganador de la presidencia municipal fue el candidato de la Coalición Fuerza y Corazón por Sinaloa, Dr. Jorge Bojórquez quien obtuvo 22 mil 369 votos contra 22 mil 357 de la candidata de Morena, quien obtuvo 22 mil 369 votos; una diferencia de 12 votos.
Luego de analizar el expediente resultante de las impugnaciones y procedimientos jurisdiccionales que terminaron con un recuento de votos, se dio certeza al proceso electoral del pasado 2 de junio, correspondiente a la magistrada presidenta Carolina Chávez Rangel, dar a conocer el resolutivo de la elección municipal.
“En consecuencia, en el proyecto de resolución de recursos de inconformidad 3/2024 y acumulados, se resuelve”:
PRIMERO: Se desecha de plano la demanda que dio origen al expediente Teesin/Inconformidad 3/2024 en los términos precisados en esta sentencia.
SEGUNDO: Se declara la nulidad de la votación de la casilla 3766 Básica.
TERCERO: Se modifican los resultados consignados en el acta de cómputo de los resultados de la elección municipal de Navolato, Sinaloa.
CUARTO: Se confirma la declaración de validez en la elección como la expedición de las respectivas constancias del municipio de Navolato.
Al leer la sentencia, elaborada por el Magistrado Luis Alfredo Santana Barraza, el secretario de Estudio y Cuenta dio a conocer las argumentaciones y razonamientos jurídicos por los cuales, se desestimaron los agravios planteados por Morena y el Partido Revolucionario Institucional.
En cuanto a los señalamientos de Morena, se menciona que sus impugnaciones, la mayoría o fueron infundadas por no acreditar fehacientemente sus dichos o bien por haber presentado el mismo escrito ante dos instancias jurisdiccionales narrando los mismos hechos además de que se acreditó que contaron con la documentación en tiempo y forma para realizar el procedimiento jurisdiccional conforme a su derecho.
Y, por cuando, a la queja del PRI, que solicitaba la nulidad de algunas de las casillas, se desecharon y se declararon infundadas por no acreditar el agravio señalado; por lo que se dejó sin efecto.
Ante ello, se resolvió declarar válida la elección, ya que a pesar de modificar el resultado del cómputo de la elección, de conformidad con el recuento de votos ordenado por Sala Superior Guadalajara, este no alteró el resultado final confirmando el triunfo del candidato de la coalición Fuerza y Corazón por Sinaloa.
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