Ciudad de México.– Cuando te quedas sin trabajo o sufres algún accidente que te impida continuar realizando tus actividades laborales, muchas son las preocupaciones que nos aquejan, entre ellas es si recibirás pensión y como le harás para pagar tus cuentas habituales, como es el caso de tus créditos como el del Infonavit.
Por ello te decimos si la opción de retirar tu dinero de la Subcuenta de Vivienda del Infonavit es viable en algunos casos.
Sí, puedes retirar el ahorro de tu Subcuenta de Vivienda del Infonavit si estás pensionado por invalidez:
- Para hacerlo, necesitas tener una Resolución de Pensión emitida por el IMSS por invalidez o incapacidad, total o parcial igual o mayor al 50%.
- También debes cumplir con otros requisitos, como:
- Tener una Firma Electrónica (e.firma) vigente del SAT.
- Tener un número de CLABE de tu cuenta bancaria.
- No tener ningún crédito vigente con el Infonavit o algún trámite en proceso
¿Qué debo saber sobre el retiro de mi ahorro en el Infonavit?
Puedes retirar el ahorro que tienes en tu Subcuenta de Vivienda en el Infonavit si cuentas con una Resolución de Pensión emitida por el IMSS. Esta resolución para el Infonavit puede ser por vejez o cesantía en edad avanzada; por invalidez o incapacidad, total o parcial igual o mayor al 50%.
El ahorro que tienes en tu Subcuenta de vivienda es la suma de los recursos que fuiste recibiendo de las aportaciones de parte de tu(s) empleador(es), y se clasifican de acuerdo con la fecha en que los recibiste, como se ve a continuación:
- Fondo de Ahorro de 1972-1992
- Subcuenta de Vivienda 1992
- Subcuenta de Vivienda 1997
Dependiendo de las fechas en que estuviste cotizando para el IMSS y el Infonavit, puedes tener recursos en uno, dos o los tres conceptos.
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El retiro de tus recursos se realizará considerando la normativa del régimen de la Ley del Seguro Social en el que te encuentres, el cual se determina según la fecha en que empezaste a cotizar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pudiendo ser Ley 73 o Ley 97.
Si te pensionaste bajo el régimen de Ley 73, tienes 70 años o más y cuentas con saldo disponible en tu Subcuenta de Vivienda, checa en Mi Cuenta Infonavit.
Devolución a beneficiarios
Devolución del Fondo de Ahorro 1972-1992
En caso de ser beneficiario(a) (único o múltiple) de una persona derechohabiente que contaba con saldo en el Fondo de Ahorro 72-92, ingresa al servicio de Devolución de Fondo de Ahorro y sigue las instrucciones que ahí se te indican.
Para realizar este trámite es necesario que cuentes con un laudo o resolución judicial donde se determina la sentencia a tu favor como beneficiario(a) para el pago de estos recursos.
Devolución de la Subcuenta de Vivienda 1992 y 1997
Si eres beneficiario(a) reconocido ante el IMSS, no requieres la designación de beneficiarios emitida por los Tribunales federales en materia laboral.
Para tramitarlo, solo debes ingresar al servicio de Devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda y seguir las indicaciones.
En caso de que no seas beneficiario(a) legal (cónyuge, descendiente, ascendiente o concubino(a)), y que no cuentes con dictamen de pensión del titular finado(a), para que acredites que eres beneficiario(a), puedes presentar una resolución de designación de beneficiarios emitida por los Tribunales federales en materia laboral.