Culiacán, Sin.- En sesión de este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedente la controversia interpuesta por el ex alcalde de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro contra las reformas a la Ley de Seguridad Pública del Estado y donde se le obliga a los ayuntamientos y al Gobierno del Estado a realizar los pagos de homologación a las viudas de policías, dando así, validez total al decreto 645 expedido por el Congreso del Estado.
Fue el ministro Luis María Aguilar Morales quien tuvo a bien dar lectura a la ponencia del caso, misma que se dividió en seis apartados y el proyecto comprendía casi 400 hojas.
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El primero de los puntos a analizar y discutir fue el concepto de invalidez formulado por el municipio de Culiacán, en el cual señala que la impugnación del decreto al implementar un esquema de homologación y actualización del sistema de pensiones de los integrantes de las corporaciones policiales vulnera su facultad exclusiva para implementar sistemas complementarios de seguridad social, al cual no se le dio la razón.
Después de casi media hora de discutir cada uno de los puntos, el Magistrado Presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea declaró aprobada la improcedencia de tal controversia.
Cabe recordar que la Ley señala que si una instancia como el Ayuntamiento, tiene un conflicto o siente la invasión de esferas competenciales, puede interponer la queja correspondiente, como fue el caso del alcalde con el tema de los pagos que se necesitan hacerse a las viudas de policías.
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