Ciudad de México.- La madrugada de este viernes 26 de abril, fue aprobada la iniciativa con la cual se prohíbe y sanciona las denominadas terapias de conversión sexual.
La minuta fue avalada sin discusión en el Senado de la República y será turbada al Ejecutivo Federal para que sea promulgada, con lo que se hará oficial.
En el pleno del Senado el dictamen fue aprobado por 77 votos a favor, 4 en contra y 15 abstenciones. Esto aproximadamente a las 3 de la mañana.
Malú Micher, presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, se dijo complacida de esta reforma pues considera que las terapias de conversión son ‘tortura’.
“Es un día de fiesta para todas las personas que tienen derecho a amar a quien quieran y como quieran, sin ninguna discriminación. No hay nada anormal en ésto, no hay nada que curar, porque no es una enfermedad. En un orgullo votar esta minuta”, agregó.
Reforma que prohíbe las terapias de conversión
Esta reforma se basa en una serie de modificaciones al artículo 209 ‘Quintus’ del Código Penal Federal.
En esta se imponen penas de entre 2 y 6 años de cárcel y/o multas de mil a 2 mil veces el valor de UMA (Unidad de Medida y Actualización) para quienes lleven a cabo estas terapias de conversión sexual “ya que representan prácticas que menoscaban la integridad de las personas”.
Este proceso comenzó en 2018, por la entonces senadora Citlalli Hernández Mora, de Morena, presentó el proyecto junto a otras legisladoras.
¿Qué es una terapia de conversión sexual?
Una terapia de conversión sexual es una práctica, que como su nombre lo dice busca ‘convertir’ la creencia de la orientación sexual o identidad de género que un individuo tiene de su propia persona.
Las terapias de conversión son conocidas también como Ecosig (Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género).
Las formas en que se llevan a cabo estas terapias de conversión pueden variar, pero algunas de las acciones ejercidas pueden incluir:
- Coerción
- Privación ilegal de la libertad
- Violencia verbal y amenazas
- Uso forzado de medicamentos
- Terapias de aversión
- Exorcismos
- Electroshocks
- Exposición a videos, imágenes o actividades explicitas
- Y en caso más severos violaciones sexuales
Lo anterior transgrede a los Derechos Humanos de las personas que son sometidas a dichas acciones.
Con información de la revista jurídica de la UNAM (Universidad Autónoma de México)
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