Pesca de atún aleta azul
Establece Sader volumen de captura del atún aleta azul en el Océano Pacífico. Foto: Cortesía

Ciudad de México.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural informó que en 2023 y 2024 podrán capturarse hasta 7 mil 307 toneladas de atún aleta azul en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico y marinas que estén en el Área de Regulación de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT).

Según la información, se establece que el volumen de captura permisible para el aprovechamiento de esa especie, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), que la medida se aplicará sin rebasar en ningún caso las 4 mil 068 toneladas anuales.

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La medida dictada, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca y con la opinión técnica del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura, contribuye con la recuperación de las poblaciones de esa especie en el área de la Convención de la CIAT, mediante el documento número 0431-537 de fecha 14 de octubre de 2022, notificó a la Conapesca que los límites de captura de la flota mexicana para 2023-2024 serán por siete mil 307 toneladas.

La dependencia federal destacó que es conveniente regular y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas y establecer las medidas administrativas y de control a que deberán sujetarse la pesca y la acuacultura, así como los volúmenes de captura permisible.

El aprovechamiento de túnidos constituye una pesquería de importancia nacional en cuanto a la derrama económica generada, su destacada participación en la producción de alimentos para consumo interno y generación de empleos, tanto en su fase extractiva como en las de procesamiento y comercialización.

Precisó que las disposiciones aplicarán para las personas titulares de permisos y concesiones de pesca comercial y operarios de las embarcaciones mexicanas dedicadas al aprovechamiento de túnidos en las que se autorice la captura de atún aleta azul, independientemente del destino de los organismos.

Para el caso de embarcaciones con operación regulada por la NOM-001-SAG/PESC-2013, publicada el 16 de enero de 2014 en el DOF, apuntó que a través de la Conapesca se notificará por escrito el volumen de captura permisible anual a los titulares de los permisos y concesiones correspondientes.

Lo mismo sucederá con las embarcaciones menores y de mediana altura que operen en aguas marinas de jurisdicción federal de la costa occidental de Baja California con puertos base en Ensenada y Rosarito, en el estado de Baja California, refirió en el documento.

Señaló que en esas zonas también se determinará el límite máximo de embarcaciones en función al volumen disponible y, de resultar excedentes de dicho volumen, éstos quedarán a disposición de la Conapesca.

La Secretaría apuntó que el acuerdo entrará en vigor a partir del 25 de septiembre de 2023 y quienes incumplan o contravengan las medidas se harán acreedoras a las sanciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.

La vigilancia del cumplimiento de este acuerdo estará a cargo de Agricultura, por conducto de la Conapesca, y de la Secretaría de Marina, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias.

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