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Ciudad de México.- Marath Bolaños, secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS) ofreció algunos detalles sobre la iniciativa de la reducción de la semana laboral, durante la conferencia ‘mañanera’ de este 3 de diciembre, en donde también se dio a conocer el incremento al salario mínimo para 2026.

“¿En qué consiste la propuesta de manera muy concreta? Para garantizar los derechos de las y los trabajadores, se establecerán a nivel constitucional, así como también en la Ley Federal de Trabajo (LFT), una jornada laboral de 40 horas semanales”, adelantó Bolaños.

El funcionario destacó que la disminución de 48 a 40 horas no implica la reducción de sueldos, de salarios, ni prestaciones.

“Asimismo, por primera vez se establece la prohibición de que los menores de edad trabajen horas extras, así como una implementación gradual y paulatina”, apuntó.

“Al ser una reforma legal y sobre todo constitucional, desde su presentación y durante el transcurso del año 2026, esta propuesta de cambio tendrá que ser analizada y aprobada en primera instancia por el Congreso de la Unión y en el caso de las modificaciones constitucionales por los congresos de las entidades federativas, contemplando con ellos su entrada a vigor en el mismo año”, anticipó.

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Reducción de la jornada laboral será de forma paulatina

Reiteró que esta propuesta de reducción de la jornada laboral no puede realizarse de ‘un momento a otro’, y se está atendiendo las recomendaciones del convenio 116 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), por lo que se espera que los cambios sean de forma paulatina.

“Esto nos da la oportunidad de que avancemos año con año en una reducción de dos horas a partir del año 2027, para alcanzar las 40 horas en el enero del año 2030”, destacó.

En 2026, durante los meses posteriores a la aprobación legislativa, será un periodo de adecuación para que los empleadores y trabajadores puedan organizar, adaptar y consolidad los procesos productivos de la nueva disponibilidad de tiempo, subrayó el titular de la STPS.

“Con la reducción de la jornada ordinaria de trabajo de 48 a 40 horas, se hace realidad la disposición de mayor tiempo para las y los trabajadores para utilizarlo en descanso, en actividad de recreación, garantizando con ello condiciones de trabajo dignas y también mejora en la productividad”, afirmó.

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Horas extra

Por otro lado, se establece un límite para que la suma de las horas ordinarias y extraordinarias de labor no supere las 12 horas en un solo día.

“En concordancia con la anterior y tal como se contempla actualmente en la ley, el tiempo de trabajo podrá prolongarse de manera extraordinaria siempre y cuando el trabajador o la trabajadora de manera voluntaria accedan a ello”, aseveró.

La decisión de trabajar horas extras será una decisión de los trabajadores, como lo es a la fecha.

“Ante la reducción de 8 horas de trabajo ordinario, se suman así 3 horas extraordinarias a las actualmente establecidas resultando así con la posibilidad de trabajar hasta 12 horas extraordinarias a la semana. Es importante reiterar que las horas extraordinarias no forman parte de la jornada laboral ordinaria y siempre son una posibilidad y no una obligación para las y los trabajadores, las cuales además se deben de pagar al doble del salario establecido por las horas ordinarias”, detalló.

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