Culiacán, Sin.- Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) se declaró material incompetente para resolver el juicio para la protección de los derechos políticos del ciudadano, interpuesto por el exalcalde de Culiacán Jesús Estrada Ferreiro en contra del acuerdo emitido por el Pleno del Congreso del Estado, el cual erigido en jurado de acusación, aprobó las conclusiones acusatorias dentro del expediente de juicio político.

En su escrito, Estrada Ferreiro, reclamó la ilegalidad del citado acuerdo, al manifestar que se cometió en su contra violación fragante al impedirle ejercer plenamente el cargo de presidente municipal para el que fue electo, lo que a su decir, trasgrede su derecho político electoral a ser votado, en su vertiente del ejercicio del cargo.

En el proyecto, puesto a consideración del Pleno por el magistrado Alfredo Santana Barraza, se propuso declarar que el Tribunal es materialmente incompetente para conocer dicho juicio, ello derivado de que del análisis integral del acto reclamado, se permite apreciar que este no guarda un carácter formal ni materialmente electoral, de acuerdo con la normativa aplicable, dado que se desenvuelve en el ámbito de la responsabilidad de los servidores públicos, marco jurídico que adquiere aplicación tratándose del desempeño de la función pública.

“El juicio protege los derechos para votar, ser votado, asociación y afiliación en materia electoral, incluidas las violaciones a otros derechos fundamentales relacionados con aquellos, como los derechos de petición, información o reunión, mientras que el juicio político se encamina a salvaguardar intereses públicos, por tanto la demanda de Estrada carece de vinculación con sus derechos político electorales”, dijo.

En el caso específico de Estrada Ferreiro, señaló que el acto impugnado reviste una naturaleza de índole política administrativa, al emitirse dentro del procedimiento de juicio político, establecido por la Constitución local y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa, con el objeto de salvaguardar el correcto desempeño de quienes ejercen alguna función pública o de representación en los órganos de gobierno que integran la administración pública de dicha entidad federativa.

“En consecuencia, al considerarse que no corresponden a las materias sobre las que versa dicho juicio ciudadano al ámbito electoral, fue que el Tribunal se declaró materialmente incompetente para conocer y resolver el juicio en que se actúa”, se determinó.

Por otra parte, el Pleno del Tribunal desechó un recurso presentado por el PAN en contra de una resolución dictada por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES), quien lo sancionó por no cumplir con sus obligaciones en materia de transparencia. Acción Nacional acusaba de “incongruencia” al calificar la sanción, pero el órgano jurisdiccional declaró infundados los argumentos de dicha fuerza política y se ratificó la sanción en su contra.

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