Mazatlán, Sinaloa.- Para a todos aquellos patrones que pretenden laborar en su empresa los días 25 de diciembre y 1 de enero, deben ir contemplando el pago triple para sus empleados y no pago doble, así lo manifestó Carlos Alberto Lugo Cervantes, coordinador zona sur de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.

Puntualizó que históricamente por ley, el último día festivo del año es el 25 de diciembre, mientras que el 1 de enero también es festivo ya que es un nuevo año, por lo que patrones deben evitarse denuncias y despedidos injustificados en caso de no llegar a un acuerdo con sus empleados para dichas fecha.

“Triple, se dice triple porque es un día normal y dos días más; lo más conveniente es hacer una denuncia anónima, y ya se solicita un acta de inspección, va el inspector y se hace una revisión para que el patrón la pague y si no es acredor a una sanción económica”, comentó.

Lugo Cervantes estimó que para las fechas de diciembre, un 20 por ciento prefiere dejar sus trabajos debido a no querer laborar o que no llegan a un acuerdo con sus respectivos patrones, sin embargo, consideró que actualmente hay mucho empleo en Mazatlán, lo cual es una ventaja de que en el mes de enero pueda haber más contratación en diferentes empleos o giros comerciales.

Respecto al pago de aguinaldo, manifestó que el 20 diciembre es el día límite para otorgar el derecho laboral tanto para los que llevan más de un año como los que aún no cumplen el año, y de no ser así, invitó a acercarse a las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para iniciar el protocolo correspondiente.

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