
Culiacán, Sin.- Por incumplir con los lineamientos establecidos en la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, al ser sujetos obligados por Ley de transparentar sus actos y acciones, los partidos Movimiento Ciudadano y Acción Nacional fueron sancionados por el Instituto Estatal Electoral de Sinaloa (IEES); en el caso de MC, se le hizo una amonestación pública mientras que al PAN, por ser reincidente, se le aplicó una multa.
En Sesión especial celebrada este miércoles, el pleno del Consejo General del IEES resolvió los Procedimientos Sancionadores Ordinarios dictados por la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública de Sinaloa (CEAIPES), en contra el Partido Movimiento Ciudadano (MC) y contra el Partido Acción Nacional (PAN), por incumplir ambos las obligaciones establecidas en la legislación en materia de Transparencia y Acceso a la Información.
Con respecto a la sanción impuesta al partido Movimiento Ciudadano, el consejero Óscar Sánchez Félix, manifestó que esta se aplicó luego de que el partido dejara de atender una solicitud ciudadana de información presentada el 13 de junio de 2023, a través del Sistema Infomex Sinaloa, en la que se solicitó listado completo de personas que trabajan en la Coordinación Estatal de MC, así como el sueldo neto mensual que percibe cada una de ellas.
En cuanto a la sanción impuesta al Partido Acción Nacional, esta se aplica por los mismos motivos debido a que desatendió solicitud de información de fecha 10 de abril de 2023, que se le hizo llegar a través del Sistema Infomex Sinaloa, en la que se solicitó documentos relacionados a los activos del Comité Directivo Municipal de Culiacán.
Ante la falta de respuesta, tanto de MC y como del PAN, las partes solicitantes interpusieron recursos de revisión en los términos del artículo 171 fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa. Por lo anterior, se encuentra acreditado plenamente que los partidos políticos denunciados no atendieron las solicitudes de información dentro del plazo previsto por la ley.
En virtud de lo expresado, el Consejo General en los términos que establece el artículo 281, fracción I, inciso a) de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPEES), determinó una amonestación pública al Partido Movimiento Ciudadano: mientras que al Partido Acción Nacional, por ser infractor reincidente, le impuso una sanción consistente en una multa de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
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