Mazatlán, Sinaloa. – La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA), a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), anunció la veda temporal para la pesca de especies de atún como el aleta amarilla, patudo (ojo grande), aleta azul y barrilete con el objetivo de proteger la sustentabilidad del recurso en el Océano Pacífico.

La medida fue publicada oficialmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y regirá tanto en aguas mexicanas como en altamar y aguas extranjeras, aplicando a embarcaciones atuneras mexicanas de gran capacidad. Está basada en las recomendaciones científicas de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y será obligatoria para todos los países miembros.

La disposición aplicará en distintos periodos durante 2025 y 2026:

-Del 29 de julio al 8 de octubre de 2025 y de 2026 para embarcaciones de cerco y palangre de gran calado.
-Del 9 de noviembre de 2025 al 19 de enero de 2026, y el mismo periodo para 2026–2027, para embarcaciones con permisos específicos.
-Además, se establece una veda especial en una zona delimitada del Pacífico del 9 de octubre de 2025 al 8 de noviembre de 2026, entre los 96° y 110° de longitud oeste y los 4°N y 3°S de latitud.

¿A quién aplica la restricción?

Las embarcaciones cerqueras mexicanas con capacidad de acarreo igual o mayor a 182 toneladas métricas y palangreros de más de 24 metros de eslora total deberán detener sus operaciones durante los periodos de veda, salvo contadas excepciones que deberán estar acompañadas por un observador autorizado conforme al Acuerdo para la Conservación de los Delfines.

Quedan exentas las embarcaciones menores de 24 metros, las de pesca deportivo-recreativa, y aquellas cerqueras con capacidad menor a 182 toneladas.

Obligaciones adicionales

Los representantes legales de las embarcaciones deberán notificar por escrito a Conapesca dentro de los 10 días hábiles posteriores a la publicación en el DOF (hasta el 23 de mayo en 2026) sobre su cumplimiento con la medida.

Durante los periodos establecidos, las embarcaciones deberán permanecer en puerto, salvo que zarpen acompañadas por un observador oficial y sin realizar actividades de pesca dentro del Área de la Convención.

Sanciones por incumplimiento

AGRICULTURA advirtió que quienes incumplan esta regulación se harán acreedores a sanciones conforme a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, así como a las disposiciones legales aplicables. La vigilancia será responsabilidad conjunta de Conapesca y la Secretaría de Marina.

La regulación busca asegurar la conservación de especies clave para el equilibrio del ecosistema marino y para una de las pesquerías más importantes del país, que impacta directamente a la economía de cientos de familias en la costa del Pacífico.

Consulta el acuerdo completo en el Diario Oficial de la Federación:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5760809&fecha=23/06/2025#gsc.tab=0.

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