Culiacán, Sin.– El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) dio un revés al acuerdo emitido por el Instituto Estatal Electoral de Sinaloa (IESS) en torno a la denuncia presentada por los partidos Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (MC) contra la senadora Imelda Castro Castro, al determinar que no se realizó una investigación exhaustiva de los hechos.
¿Cómo se llevó a cabo la votación en el Tribunal?
El Magistrado Luis Alfredo Santana Barraza emitió un voto en contra, mientras que la Magistrada Aida Inzunza Cázares y el Magistrado Presidente Donato Vega Márquez votaron a favor de que el IEES hiciera una nueva investigación exhaustiva, tal y como se indica en la denuncia de los partidos políticos.
¿Qué explicación dio el Magistrado Presidente?
En atención a medios, el Magistrado Presidente Donato Vega Márquez explicó qué fue lo que se discutió en el tribunal, y cuál fue el extrañamiento que le hicieron, por mayoría, al IEES.
Entonces, ¿en qué consiste? Pues en revocar la resolución y regresarlo para esos efectos para que haga una investigación exhaustiva, que haga un análisis de las pruebas que dicen este y que así resultó fundado respecto de lo que aportaron las partes en el proceso ante el IEES, es decir, las quejas que interpusieron entonces, pero el que resulta fundado y operante es precisamente este, el de la exhaustividad que no llegó a cabo”, puntualizó.
¿Cuál fue la conclusión del Teesin al respecto?
Durante el análisis del caso, el tribunal concluyó que el órgano electoral incurrió en omisiones al no valorar de manera completa el caudal probatorio presentado por los partidos denunciantes, quienes señalaron presuntos actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada.
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De acuerdo con lo expuesto, el Teesin consideró fundado el agravio relacionado con la falta de exhaustividad, al advertir que el IESS realizó un estudio parcial de las pruebas, dejando sin análisis diversos elementos y hechos denunciados, lo que contraviene los principios legales que rigen la función electoral.
En ese sentido, el tribunal resolvió revocar la determinación impugnada y ordenó al IESS reponer el procedimiento para llevar a cabo una investigación más amplia, en la que se analicen todas las pruebas aportadas por las partes, así como los hechos señalados en la queja.
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¿Cuál es el ordenamiento que se hizo desde el tribunal al IEES?
Asimismo, se estableció un plazo de 10 días hábiles para que la autoridad electoral realice las diligencias necesarias, emita un nuevo análisis de las probanzas y resuelva el fondo del asunto de manera debidamente fundada y motivada, conforme a la ley, la Constitución y la jurisprudencia aplicable.
El Teesin precisó que, en esta etapa, no se está resolviendo sobre la existencia o no de las conductas denunciadas, sino únicamente sobre la necesidad de garantizar una investigación completa que permita emitir una resolución apegada a derecho.
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