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Guasave, Sin.- La Delegación de la Dirección del Trabajo y Previsión Social en Guasave, Sinaloa, lanzó un llamado tanto a patrones como a trabajadores para estar atentos al reparto de utilidades 2026, advirtiendo sobre las sanciones que podrían aplicarse a quienes incumplan con esta prestación laboral.

¿En qué casos debe el trabajador recibir utilidades?

El delegado de la dependencia en Guasave y Salvador Alvarado, Sergio Robles Peña, explicó que las empresas deberán cumplir con este pago siempre y cuando hayan generado ganancias durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Si bien es sabido, pues, las personas morales tienen el plazo hasta el día 30 de mayo del presente año, pues, para repartir las utilidades, siempre y cuando, pues, la hayan generado. Las personas físicas con actividad empresarial, pues, tienen hasta el 30 de junio para hacer entrega de de la misma, ¿no? Aprovechando, o sea, el espacio que nos brindas, pues, hacer un llamado a todos los patrones para que cumplan con esta prestación que los trabajadores, pues, tienen derecho.

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¿Qué términos marca la ley?

El funcionario detalló que las personas morales tienen como fecha límite el próximo 30 de mayo para realizar el reparto de utilidades, mientras que las personas físicas con actividad empresarial podrán hacerlo hasta el 30 de junio.

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¿Qué debe hacer el patrón?

Los empleadores están obligados a presentar y poner a disposición de los trabajadores una copia de la declaración anual con el fin de informar si la empresa obtuvo o no utilidades. En caso de existir ganancias, deberán realizar el reparto conforme a la ley.

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¿Cómo saber si sí te corresponden utilidades?

Una vez que el patrón informe sobre la generación de utilidades, el trabajador deberá recibir el pago correspondiente. Si considera que existe alguna irregularidad o incumplimiento, podrá acudir ante la Delegación del Trabajo para presentar una queja formal.

¿Qué pasa si el patrón no paga?

De acuerdo con la autoridad laboral, si se comprueba que existía la obligación de pagar utilidades y el patrón incumplió, se iniciará una investigación que podría extenderse hasta por 60 días.

Además del pago pendiente a los trabajadores, las sanciones económicas podrían ir desde las 50 hasta las 5 mil UMAS.

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