Culiacán, Sinaloa.- El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) resolvió que, tras la denuncia de una regidora del Ayuntamiento de Mazatlán identificada como “Dato Protegido” contra un ciudadano, el señalado incurrió en Violencia Política contra la Mujer en razón de género en su modalidad simbólica, en sesión de este viernes 10 de julio del 2026.
Cabe recordar que, fue el pasado mes de junio cuando la regidora de Morena, Claudia Luna, ahora identificada como “Dato Protegido”, presentó una denuncia contra un ciudadano de nombre Luis Torres, por hostigamiento durante las sesiones de Cabildo.
En sesión de hoy viernes, las y los magistrados votaron por unanimidad de que se realice un procedimiento sancionador especial.
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¿Qué actos se consideraron como violencia política en razón de género?
Con relación a las diversas publicaciones que realizó el denunciado en su red social de Facebook, donde emitió expresiones que a decir de la actora constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género, el Teesin hizo un análisis donde se comprobaron como violencia política en razón de género las siguientes expresiones: “Vulgar”, “corriente”, “no sabe leer”, “la más tonta y “tontilla”.
El Teesin precisó que dichas expresiones sí constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género en su modalidad simbólica, ya que se dirigieron a la denunciante por el hecho de ser mujer y no para denunciar su actuación en la función pública, sino que son frases vejatorias hacia las mujeres que desempeñan un cargo de elección popular y señalaron que rebasan los límites de la libertad de expresión.
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¿Qué otras pruebas presentó la denunciante “Dato Protegido”?
En el proyecto, la denunciante señaló que durante diversas sesiones de Cabildo al sentarse a espaldas de ella, el ciudadano hizo comentarios interrumpiendo el desarrollo de la sesión y que al hacer uso de la voz le dice “Narcopolítica”, en la revisión el Teesin no se acreditó este hecho, ya que solo se presentaron fotografías.
Además, se certificó por parte del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) que las diversas videograbaciones que envió el Ayuntamiento no se advertían las conductas denunciadas.
De acuerdo con el proyecto de sentencia de expediente, la regidora denunció diversos hechos como el pasado 28 de mayo, donde dijo que el denunciado se acercó a la actora y a la presidenta municipal y les dijo una frase ofendiéndolas, además aportó un video de un segundo; sin embargo, no se acreditó la existencia de violencia.
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¿Ya había un “Dato protegido” en Sinaloa?
Sí. Cabe recordar que el primer caso en Sinaloa conocido como Dato Protegido, fue el de la diputada con licencia Almendra Negrete y la activista Emma Zermeño, ésta última fue sancionada luego de que fuera denunciada por violencia política en razón de género.
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