Los Mochis, Sin.- El Juzgado Séptimo de Distrito, con sede en Los Mochis, resolvió dar por concluido el juicio de amparo 215/2025 promovido contra la autorización ambiental de la planta de fertilizantes de Topolobampo, al considerar que los temas planteados ya contaban con resoluciones firmes emitidas por el Poder Judicial.
¿Qué indica la sentencia emitida por el Juzgado Séptimo de Distrito?
La sentencia señala que los promoventes, integrantes del colectivo “Aquí no”, retomaron argumentos relacionados con la consulta indígena, el consentimiento previo, libre e informado y presuntas afectaciones ambientales, aspectos que habían sido analizados con anterioridad en otro procedimiento judicial.
¿Por qué desechan el amparo promovido por el colectivo “Aquí no”?
El juez Adalberto Bañuelos, detalla que esos planteamientos ya habían sido resueltos en una determinación definitiva que posteriormente fue revisada por un Tribunal Colegiado de Circuito, el cual confirmó el cumplimiento de las disposiciones judiciales vinculadas al proceso de consulta.
Asimismo, en las revisiones previas no se acreditaron elementos que justificaran dejar sin efectos la autorización ambiental otorgada para el desarrollo del proyecto industrial en Topolobampo.

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Con base en esos antecedentes, el juzgado determinó concluir el nuevo juicio y mantener vigente la autorización expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
La obra contempla una inversión superior a los mil 800 millones de dólares y una capacidad de producción de 800 mil toneladas anuales de amoniaco para la fabricación de fertilizantes destinados al mercado nacional e internacional.
