
Ciudad de México.- El Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una importante reforma relacionada con la prisión preventiva oficiosa.
En el decreto, que fue incluido en la edición vespertina del DOF del 31 de diciembre, se oficializa la modificación al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución.
Esta reforma tiene como objetivo establecer los delitos que ameritarán prisión preventiva oficiosa en el país. Entre los delitos incluidos en esta lista se encuentran abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, producción, trasiego y venta de fentanilo, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas con fines electorales, enriquecimiento ilícito, robo al transporte de carga, delitos en materia de hidrocarburos y desaparición forzada, entre otros.
Debes leer: Hacienda establece reglas para que Shein, Amazon y Temu paguen impuestos en México
Es importante destacar que esta medida entrará en vigor a partir de mañana. Además, se ha establecido que el Congreso tiene un plazo de 180 días para armonizar el marco jurídico de las leyes relacionadas con esta reforma.
La publicación en el DOF de la reforma sobre prisión preventiva oficiosa en México, firmada por Claudia Sheinbaum, marca un importante cambio en la aplicación de la justicia en el país, con una lista específica de delitos que conllevarán esta medida y un plazo para su implementación por parte del Congreso.
