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La Secretaría de Energía (SE) anunció en la Mañanera del Pueblo, que este 3 de octubre se publicarán en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos nuevas normas emergentes para regular la distribución y transporte de Gas Licuado de Petróleo (gas LP), con el objetivo de garantizar operaciones más seguras y fortalecer la vigilancia técnica del sector.

La titular de la SE, Luz Elena González, presentó las disposiciones NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025, que complementarán la actual Norma 007, la cual regula las actividades de transporte y distribución de gas LP. Las nuevas normas serán obligatorias para todas las unidades y tendrán un plazo de cuatro meses para su cumplimiento.

Entre los requisitos clave se establece la certificación del cumplimiento de los programas de transporte, así como la capacitación y certificación de los operadores que manejan las unidades.

Además, todos los vehículos deberán contar con gobernador de velocidad y sistema GPS, que permitirá su monitoreo en tiempo real desde un centro de vigilancia operado por la Secretaría de Energía.

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También se exigirá la realización de pruebas de hermeticidad y pruebas de presión hidrostática, con el fin de verificar la integridad estructural de los tanques y prevenir fugas o accidentes. Los permisionarios deberán presentar evidencia del mantenimiento de las unidades y la acreditación de las pruebas de seguridad ante las autoridades correspondientes.

Estas medidas buscan reducir riesgos operativos, proteger a los trabajadores y garantizar el suministro seguro de gas LP a la población, en un contexto donde el transporte de materiales peligrosos requiere estrictos controles técnicos y administrativos.

La implementación será supervisada por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), en coordinación con autoridades locales y federales.

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