Ciudad de México.- La Secretaría de Educación Pública (SEP) estableció medidas para impedir que las actividades previas al regreso a clases del ciclo escolar 2026-2027 en las escuelas normales deriven en prácticas que vulneren los derechos de los estudiantes.
A través de un boletín de la institución, el secretario de Educación Pública, Mario Delgado Carrillo, comunicó estas disposiciones a las autoridades educativas de las entidades federativas y de la Ciudad de México, con el objetivo de que las actividades de preparación para el nuevo periodo académico se desarrollen conforme a la legislación educativa y bajo el respeto de los derechos humanos.
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¿Cuándo podrán realizarse las actividades previas al inicio de clases?
De acuerdo con el Calendario Escolar 2026-2027 para la Educación Normal y otras instituciones dedicadas a la formación de maestras y maestros de educación básica, el periodo de Planeación y Habilitación Docente se lleva a cabo desde el 17 al 28 de agosto de 2026.
La SEP precisó que durante esas fechas no están contempladas ni autorizadas actividades de iniciación, inducción, preparación, prueba, ‘novatada’ o de características similares.
Las acciones permitidas deberán estar relacionadas exclusivamente con objetivos académicos, pedagógicos, culturales o de organización escolar. Además, tendrán que desarrollarse sin afectar la dignidad, integridad o derechos de quienes forman parte de la comunidad estudiantil.
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¿Qué prácticas quedan prohibidas en las escuelas normales?
La dependencia federal señaló que ninguna actividad podrá justificarse como tradición, mecanismo de integración o requisito de pertenencia si implica violencia o vulneración de derechos.
Entre las conductas que no deberán realizarse se encuentran agresiones físicas, psicológicas o simbólicas, discriminación, humillaciones, coerción, sometimiento y tratos degradantes. También quedan excluidas las acciones que restrinjan la libertad de movimiento de las y los estudiantes.
La prohibición se mantiene incluso cuando las actividades sean presentadas como voluntarias. Para la SEP, el carácter tradicional de una práctica tampoco constituye una justificación para poner en riesgo la dignidad, igualdad, libertad o integridad de los alumnos.
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¿Qué deberán hacer las autoridades si detectan una ‘novatada’?
Las autoridades educativas deberán intervenir cuando tengan conocimiento de actividades que puedan vulnerar los derechos humanos, independientemente de que sean organizadas por estudiantes, agrupaciones estudiantiles u otros grupos o personas.
La SEP instruyó a las autoridades a adoptar las medidas necesarias para proteger a los estudiantes y cuando corresponda informar a las instancias competentes. Entre ellas se encuentran las Comisiones Estatales de Derechos Humanos y organismos equivalentes de cada entidad.
Con estas disposiciones, la dependencia busca que el comienzo del ciclo escolar 2026-2027 en las instituciones de formación docente se desarrolle en condiciones de seguridad y sin violencia, con una convivencia sustentada en el respeto, la igualdad y la protección de la integridad de toda la comunidad educativa.
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