Ciudad de México.- La nueva obligación de vincular las líneas móviles con la identidad de sus usuarios ya comenzó a tener efectos para quienes dejaron pasar la fecha que correspondía al último dígito de su número.

Por ejemplo, las líneas de prepago terminadas en número 2, el plazo venció el 15 de septiembre de 2026 y la suspensión del servicio comenzó a aplicarse de manera gradual durante las 72 horas posteriores.

Pero es muy importante aclarar que la línea no se pierde por no haber realizado el registro a tiempo. La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) establece que, una vez completada la vinculación con la compañía telefónica, el servicio puede ser restablecido.

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¿Qué hacer si tu línea quedó suspendida por no registrarla?

El primer paso es realizar la vinculación de la línea directamente con la empresa que presta el servicio. El trámite puede hacerse desde el propio teléfono, ingresando al portal oficial del operador, incluso cuando el servicio ya esté suspendido.

La CRT señala que el acceso a estas plataformas puede realizarse aunque la línea no tenga saldo y que la navegación necesaria para efectuar el registro no consume datos móviles.

También existe la opción de acudir personalmente a un Centro de Atención a Clientes de la compañía telefónica para solicitar apoyo con el procedimiento.

Para realizar la vinculación se requiere una identificación oficial vigente con CURP. La autoridad señala que no se almacenan datos biométricos como parte de este procedimiento.

Paso por paso el proceso es:

  1. Ingresa al portal oficial de tu compañía telefónica
  2. Introduce el número celular que deseas recuperar
  3. Ten a la mano tu identificación oficial vigente con CURP
  4. Sigue las indicaciones para validar tu identidad y asociar la línea
  5. Una vez concluido el registro, la compañía deberá reactivar el servicio

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¿Qué pasa mientras está suspendido el servicio?

La suspensión no equivale a la cancelación definitiva del número. La CRT ha informado que, después de completar la vinculación, los servicios de la línea se restablecen.

Mientras permanece suspendida, la línea conserva algunas funciones limitadas. El usuario puede comunicarse con números de emergencia y atención ciudadana, contactar a su compañía telefónica y recibir alertas sísmicas.

El resto de los servicios, como llamadas ordinarias, mensajes y datos móviles, se recuperan al completar el registro.

Por ello, los números que terminan en 0, 1 y 2 que no fueron vinculados antes del 15 de septiembre, todavía son posible recuperar mediante el registro ante la compañía telefónica, de acuerdo con la CRT.

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¿Dónde se puede hacer el registro y qué pasa con las siguientes fechas?

La CRT concentra en su plataforma oficial los accesos a los portales de las diferentes compañías telefónicas. Ahí también puede consultarse el calendario de acuerdo con el último dígito del número.

Las fechas establecidas para las líneas de prepago son:

  • Terminación 3: 30 de septiembre
  • Terminación 4: 15 de octubre
  • Terminación 5: 31 de octubre
  • Terminación 6: 15 de noviembre
  • Terminación 7: 30 de noviembre
  • Terminación 8: 15 de diciembre
  • Terminación 9: 31 de diciembre

Una vez que vence cada fecha, las compañías cuentan con un periodo de hasta 72 horas para suspender las líneas que no hayan sido vinculadas.

Así que, para quienes todavía conservan activa una línea de prepago, revisar el último dígito del número y realizar la vinculación antes de la fecha correspondiente puede evitar la interrupción del servicio.

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