Culiacán Sinaloa.- Por considerar que no se acreditaron los elementos necesarios de prueba para deemostrar que Estrella Palacios Domínguez habría incurrido en actos anticipados de campaña, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa sin fundamento los señalamientos presentados por el Partido Acción Nacional.
El proyecto de sentencia propuesto por la magistrada Aída Inzunza Cázares, se hace mención que del análisis realizado a los elementos presentados como pruebas que dieron origen a la queja, se concluyó que no se actualizó el elemento subjetivo para acreditar la existencia de la conducta denunciada.
“No se advierte un llamado expreso, explícito e inequívoco a votar a su favor o de un partido político, sino, se advierte la participación de la denunciada, en ejercicio de sus derechos político electorales, en eventos de partido Morena relativos a una campaña política”, precisó.
Un tercer asunto resuelto la tarde de este mièrcoles, el pleno declaró la omisión del Ayuntamiento de El Fuerte por no cumplir con el financiamiento municipal por las regidurías que contaba el Partido Revolucionario Institucional en los años 2016, 2019 y 2020, sentencia expedida en cumplimento a lo resuelto por la Sala Regional Guadalajara, procedimiento interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional en contra del Ayuntamiento de El Fuerte instruyéndolo a dar cumplimiento a lo ordenado, conforme establecía el derogado artículo 66 de la Ley Electoral Local.
Un cuarto asunto resuelto esta misma tarde, el Tribunal consideró improcedente la queja promovida por el Partido Acción Nacional, en contra del presidente municipal de Mazatlán, por supuestas violaciones al artículo 134 de la Constitución Federal, al realizar declaraciones que vulneran los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad que como servidor público está obligado a respetar; además que las manifestaciones trascienden, confunden e inhiben al electorado.
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La magistrada Carolina Chávez Rangel en su proyecto de sentencia señaló que si bien la autoridad instructora admitió a trámite la queja presentada, este Tribunal advirtió en un análisis preliminar que de los hechos denunciados no se desprende, ni de forma indiciaria, que constituyan alguna violación a la normativa electoral.
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