
Culiacán, Sin.- La suspensión condicional de procesos penales es una figura consagrada en la Constitución, señaló Feliciano Castro Meléndrez, luego de que un juez concediera este mecanismo en relación a los 11 procesos penales contra el rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), Jesús Madueña Molina y el exrector, Juan Eulogio Guerra Liera.
El Vocero Oficial de Gobierno del Estado, reiteró que corresponde a la Fiscalía General del Estado (FGE), a los imputados y al Poder Judicial, procesar la información y acuerdos entre las partes.
Se trata de un procedimiento que establece la Ley para no entrar a juicio.
“El mecanismo alternativo de solución al cual se recurre está consagrado en la Constitución de la República, en el artículo 17 y en el Código Nacional de Procedimientos pélales” precisó.
Comentó que Gobierno del Estado no interviene en los procesos penales ni en las resoluciones que resulten de los mismos.
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