Los Mochis, Sin.- Pese a que este martes 3 de marzo de 2026, en el orden de la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se abordaría la controversia Constitucional 206/2025, promovida por el alcalde destituido de Ahome, Gerardo Octavio Vargas Landeros, de última hora no se contempló por los ministros y se pospuso para nueva fecha.

 

De acuerdo con la información, esta controversia 206/2025 tiene como consecuencia la invalidez del acuerdo impugnado; debe restituir a Gerardo Octavio Vargas Landeros en el cargo de presidente municipal del Ayuntamiento de Ahome, Estado de Sinaloa; sin embargo, de última hora, quedó desechado por los ministros para abordarse durante la sesión de la SJCN.

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Gerardo Vargas Landeros confirmó esta decisión de los ministros, a través de sus redes sociales, donde hacen conocimiento de esta situación de última hora, y en su momento informan la razón por la que sucedió la decisión, pese a estar ya agendado para hoy.

 

Amigos mí controversia constitucional no se atenderá este día; estoy revisando el motivo por el cual se pospone; les informo en cuanto tenga más información. Gracias por sus oraciones y acompañamiento, ¡¡¡¡¡ánimoooooo!!!!!

Estado de GVL

Estado de GVL

 

Según esta controversia constitucional, para dar cumplimiento, vincula a los órganos para que, a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la presente resolución, realicen lo siguiente: la Legislatura del Estado de Sinaloa deberá llevar a cabo todos los actos necesarios para garantizar dicha restitución en el cargo; además, se vincula al Ayuntamiento de Ahome para que realice todos los actos necesarios para garantizar el ejercicio efectivo del cargo con motivo.

 

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Dentro de los encisos, refiere la restitución ordenada en esta resolución; y, al Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa para que, en el ámbito de sus atribuciones, adopte las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento integral de la sentencia.Mientras que en el inciso C), agrega que, dado que esta sentencia no produce efectos retroactivos, las actuaciones llevadas a cabo por el presidente municipal sustituto desde la fecha en que Gerardo Octavio Vargas Landeros quedó separado del cargo, no resultan afectadas por esta resolución. Mientras que en el inciso D), los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado de Sinaloa, así como el Ayuntamiento de Ahome, Sinaloa, deberán informar a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las gestiones realizadas para dar cumplimiento a la presente resolución en un plazo de tres días contados a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la presente resolución.

 

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