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Ciudad de México. – La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este miércoles 18 de marzo revocar la sentencia emitida por la Sala Regional Guadalajara en el caso promovido por la diputada sinaloense con licencia, Almendra Negrete, quien había denunciado a Emma Zermeño por presunta violencia política en razón de género.

Con esta determinación, el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral del país confirmó la resolución previamente dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, emitida el 21 de noviembre de 2025, en la que se desestimaron los señalamientos contra Zermeño.

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¿Por qué se inició esta serie de denuncias de parte de una diputada con licencia en contra de una activista de Sinaloa?

Este asunto cobró relevancia luego de que la legisladora de Morena en Sinaloa con licencia presentara como pruebas conversaciones privadas de WhatsApp, lo que abrió un debate sobre los límites entre la privacidad y la violencia política de género en entornos digitales.

¿Cuáles fueron las posturas de las autoridades en materia judicial sobre este caso?

Durante la sesión celebrada la mañana de este miércoles, el secretario del Supremo Tribunal, Carlos Gustavo Cruz, expuso el proyecto de resolución en el que se propuso revocar la sentencia impugnada.

En consecuencia, a juicio de la ponencia, los procedentes revocar la sentencia impugnada y confirmar la sentencia del tribunal electoral de Sinaloa emitida el 21 de noviembre del 2025. Es la cuenta, señores magistrados y magistradas”, puntualizó.

Por su parte, la magistrada Claudia Valle Aguilasocho respaldó el sentido de la resolución y enfatizó la importancia de no vulnerar derechos fundamentales como la privacidad en el análisis de este tipo de casos.

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“Por todo ello, es que acompañó la propuesta de revocar la sentencia controvertida. Y lo digo claro, no podemos validar la posibilidad de censura de una conversación privada, en sede judicial, muchas gracias”, concluyó.

La decisión de la Sala Superior sienta un precedente relevante en torno al uso de comunicaciones privadas como elementos probatorios en denuncias por violencia política de género, particularmente en el contexto digital, donde la línea entre lo público y lo privado continúa siendo objeto de discusión jurídica.

¿Qué antecedentes hay respecto de este asunto judicial en Sinaloa?

Apenas el pasado 11 de marzo del 2026, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) resolvió que sí existió violencia política en razón de género en su modalidad simbólica en contra de una ciudadana que actualmente es diputada local con licencia y que además ocupa un cargo dentro del partido Morena a nivel nacional.

La resolución se emitió en cumplimiento de lo ordenado por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro del expediente SG-JDC-17/2026, relacionado con el procedimiento sancionador especial 01/2025.

¿Qué se determinó desde el TEESIN?

En ese momento, el magistrado Edgar Donato Vega Márquez explicó que la denunciante acusó que la persona señalada realizó diversas expresiones en ámbitos políticos, laborales e institucionales que, desde su perspectiva, constituían injurias, calumnias y agresiones que buscaban desacreditar su trabajo como feminista y activista.

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A raíz de ello, se iniciaron una serie de manifestaciones pacíficas en contra de esta resolución, de parte de activistas que acompañaron a Emma Zermeño, en distintos puntos y días, incluso el pasado martes 17 de marzo, se realizó una manifestación pacífica en el Congreso del estado, para solicitar al legislativo que actuara en consecuencia, hasta que esta mañana finalmente se revocó dicha sentencia.

 

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