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Culiacán, Sin.- Este lunes, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural dio a conocer la mecánica operativa para el otorgamiento del incentivo a la comercialización de trigo panificable del ciclo agrícola otoño-invierno 2025-2026, para 13 estados de la República, incluyendo Sinaloa, cuyo registro estará abierto desde este 20 de agosto hasta el 20 de septiembre.

Ismael Bello Esquivel, secretario de Agricultura y Ganadería en Sinaloa, indicó que con este anuncio se cumple y da seguimiento al compromiso hecho por la secretaria Columba López Gutiérrez con los productores de trigo la semana pasada para acelerar los procesos con la mecánica operativa, y puedan acceder a los pagos pendientes por parte de la Sader.

Agregó que con ello se construye una nueva relación que viene a dar certidumbre a los productores sinaloense.

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¿Qué implica la publicación de la mecánica operativa para los trigueros de Sinaloa?

La mecánica operativa quedó publicada a través de la coordinación general de producción, comercialización, sustentabilidad e innovación de la dirección general de precios, ordenamiento comercial y valor agregado, y dentro de ella se establece que el monto del incentivo a otorgar se calculará conforme a la siguiente metodología:

Se restará del precio de garantía el precio de referencia que para el ciclo otoño-invierno 2025-2026 es de 5 mil 250 pesos por tonelada, además de que, con el objetivo de reconocer el esfuerzo y la vulnerabilidad de las unidades de producción ante fenómenos hidrometeorológicos extremos derivados del cambio climático, se establece un apoyo complementario de 200 pesos por tonelada.

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¿Ante que instancias o áreas y cómo deben realizar los trámites para acceder a los trámites?

Para mayores informes de los requisitos establecidos, la Sader habilitó las siguientes direcciones electrónicas para verificar de manera directa cada uno de los requisitos: atención a personas productoras: [email protected] y atención a compradores: [email protected].

Dentro de los lineamientos se precisa que, para acceder al incentivo, la persona productora deberá cumplir con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Comercio Justo para el ejercicio fiscal 2026 y la presente Mecánica Operativa, bajo los siguientes criterios de elegibilidad y requisitos:

Personas mayores de edad de nacionalidad mexicana radicando en el país y que se dediquen a la producción de trigo: Identificación oficial vigente (INE). Cédula profesional, pasaporte o cartilla militar.

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Ser persona productora de trigo panificable en el ciclo otoño-invierno 2025-2026, activa, y formar parte del Padrón de Beneficiarios de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Poseer una cuenta en el Banco del Bienestar nivel 4. Comprobar la propiedad y/o legal posesión del predio. Contrato de compraventa: Documento que acredite la entrega del grano al comprador. Registro en el Padrón de Solicitantes y Beneficiarios de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

La Clave Única de Registro de Población es aquella que se sel\ala en el registro ante el SIGAP, por lo que no se requerirá al productor comprobante al respecto. En caso de no contar con registro, podrá realizar su registro en la Oficina de Representación en la Entidad Federativa (OREF) que corresponda.

AI realizar el registro en el SIGAP, se deberá capturar la georreferencia del punto central del predio en el sistema de coordenadas geográficas. Presentar el contrato de Compraventa que cumpla con los criterios establecidos en el numeral 5 de la presente mecánica.

Cualquier documento que acredite la entrada del grano a la bodega (Boleta de entrada, boleta de recepción, comprobante de entrada, hoja de liquidación, etc.). Estos documentos deberán acompañarse con sus respectivos óckets de báscula y especificar el peso neto (PN), el peso neto analizado (PNA) y, en su caso, las bonificaciones o deducciones aplicadas por concepto de calidad.

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La documentación deberá presentarse en hoja membretada de la empresa compradora/receptora, estar vigente y contener, como mínimo, la siguiente información: Fecha de elaboración, nombre del centro de acopio, nombre completo de la persona productora, tipo de grano y ciclo agrícola, cantidad de grano entregado (en PN y PNA), contar con el sello la firma del responsable del centro de acopio y contar con la firma de la persona productora.

Comprobación comercialización de la Factura que cumpla con los requisitos fiscales vigentes establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y presentarse en formatos PDF y XML. Dicha factura deberá estar vinculada al contrato de compraventa establecido por las partes.

La persona productora deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales. Cuando el incentivo a la persona productora sea mayor a 530,000.00 (treinta mil pesos 001100M.N.) se deberá presentar la Cédula de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. AGRICULTURA verificará que la persona beneficiaria esté al corriente de las obligaciones fiscales de este criterio.

Beneficiario de la persona productora. La persona productora designará a un beneficiario mayor de edad al momento de su registro en el SIGAP.

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