Culiacán, Sinaloa.- La diputada de Morena, Rita Fierro Reyes, presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial de Sinaloa, con el objetivo de establecer reglas para el uso de scooters eléctricos y otros vehículos de movilidad personal no motorizados.
¿A qué obedece la propuesta?
La legisladora señaló que estos vehículos han incrementado su popularidad, particularmente en zonas urbanas y turísticas de Mazatlán, como el malecón y la Zona Dorada, por lo que consideró necesario establecer derechos y obligaciones para sus usuarios, así como medidas que permitan prevenir accidentes.

Proponen ante el Congreso regular uso de scooters eléctricos en Sinaloa.
Como antecedente, recordó que en junio de 2025 una turista española fue atropellada en el malecón de Mazatlán por un usuario de scooter que circulaba a alta velocidad, provocándole una herida que requirió 50 puntos de sutura.
Los usuarios que opten por este tipo de movilidad, también deben contar con derechos y obligaciones como sujetos activos, por lo tanto deben ser considerados en la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Estado de Sinaloa, así como en los respectivos reglamentos de Seguridad Vial Municipal”, indicó.
¿Qué consideraciones tiene la propuesta?
La propuesta establece que los scooters no podrán superar los 25 kilómetros por hora y deberán circular por ciclovías o, cuando no existan, por el extremo derecho de la vialidad. Quedaría prohibido su tránsito en zonas exclusivamente peatonales, en sentido contrario, carriles centrales, puentes, pasos a desnivel, carreteras y vías de acceso controlado.
Además, los conductores deberán utilizar equipo de protección y evitar el uso de teléfonos celulares u otros dispositivos que generen distracciones. Durante la noche deberán portar iluminación delantera blanca, luz trasera roja y elementos reflejantes.

Proponen ante el Congreso regular uso de scooters eléctricos en Sinaloa.
Fierro Reyes planteó excluir de estas disposiciones a los scooters infantiles, cuya velocidad no supera los 15 kilómetros por hora. Los ayuntamientos serían responsables de establecer y aplicar las sanciones correspondientes.
