Culiacán, Sin.- Este lunes por la tarde el Congreso del Estado recibió de la Fiscalía General del Estado una segunda solicitud de procedencia o desafuero en contra del ahora alcalde con licencia de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro.
Esta nueva solicitud contra el presidente municipal con licencia es por la presunta comisión de los delitos que la ley califica como Ejercicio Indebido del Servicio Público y Desempeño Irregular de la Función Pública, detalla el documento entregado a la Oficialía de Partes.
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-Ejercicio Indebido del Servicio Público
Tiene una penalidad de tres meses hasta siete años de prisión y de 10 a 300 días multa.
-Desempeño Irregular de la Función Pública
La pena es de 1 a 9 años de prisión y de 180 a 500 veces multa.
Estos delitos derivan de las denuncias penales que interpuso la Auditoría Superior del Estado (ASE) ante la Fiscalía por presunto desvío de recursos en compras por adjudicaciones directas.
“La Constitución Política del Estado de Sinaloa, establece en su numeral 135, que todo servidor público es penalmente responsable por los delitos que cometa y su conducta delictuosa será perseguida y sancionada conforme a las leyes penales; señalando que se requiere declaratoria previa del Congreso del Estado, erigido en Jurado de Acusación por mayoría absoluta de los diputados presentes, de que ha lugar a proceder penalmente en contra del inculpado, tratándose de delitos atribuidos a presidentes municipales, quienes serán juzgados por la autoridad competente”, se señala en el documento de la FGE.
Además de estos delitos, se le imputan otros dos y son los que iban estipulados en la primera solicitud de desafuero: Abuso de Autoridad y Discriminación.
-Abuso de Autoridad
Se le impondrán de 2 a 6 años de prisión y de 30 a 150 días multa. La destitución del cargo será definitiva y la inhabilitación será de 2 a 8 años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.
-Discrimimación
Se impondrán de 1 a 3 años de prisión y multa de 50 a 200 días, a quien por razón de edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de la piel, nacionalidad, origen, posición social, trabajo, profesión, posición económica, carácter físico, discapacidad o estado de salud:
I. Provoque o incite al odio o a la violencia contra una o más personas;
II. Niegue a una persona un servicio o una prestación que se ofrece al público en general;
III. Veje o excluya a alguna persona o grupo de personas y
IV. Niegue o restrinja derechos laborales.
Si estas conductas son cometidas por un servidor público en ejercicio de su función, la pena establecida para este delito se aumentará hasta en una mitad más. Igual pena se impondrá al servidor público que incurra en estas conductas negando o retrasando a una persona un trámite o servicio al que tenga derecho.
Los dos delitos anteriores derivaron de las denuncias de viudas de policías y policías jubilados que alegan “moches” y la negativa de Estrada Ferreiro para pagarles sus pensiones.
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Sesión secreta
Este martes se realizará una sesión secreta donde los diputados deberán votar si es factible que dichas solicitudes sean turnadas a la Comisión Instructora que preside el diputado morenista Marco César Almaral, para que se encargue de hacer el dictamen correspondiente.
Si esto ocurre, posteriormente se votará en el pleno si el alcalde con licencia es desaforado o no para que sea investigado por estos cuatro delitos que pesan en su contra.