Ciudad de México. – En el mes de marzo hay días de asueto en que no se contemplan ni que haya clases, pero ¿Son de descanso obligatorio para los trabajadores? Aquí te damos esa información.
El lunes 18 de marzo es una de las fechas consideradas como descanso obligatorio, por lo que los trabajadores recibirán un extra en su pago en caso de laborar ese día ¿Es pago doble o triple? Te contamos que dice la Ley Federal del Trabajo.
También la Ley Federal del Trabajo, considera el tercer lunes de marzo como de descanso obligatorio debido a que se conmemora el Natalicio de Benito Juárez, quien también era conocido como “El Benemérito de las Américas” y aunque este ocurrió el 21 de marzo por decreto gubernamental se recorre al lunes anterior inmediato, para generar fines de semana largo, por lo que en este 2024 se descansará al lunes 18 de marzo.
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¿Cuánto te deben pagar si trabajas el lunes 18 de marzo?
Según lo marca el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo señala que las personas que acudan a laborar en un día considerado como descanso obligatorio o feriado deberán recibir adicional a su pago diario del día más un salario doble por el servicio prestado en un día de asueto, lo que quiere decir que los trabajadores deberán cobrar un salario triple por trabajar en estos días.
¿Cuántos días feriados hay en 2024?
- 1 de mayo (Día Internacional del Trabajo)
- 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
- Tercer lunes de noviembre (Día de la Revolución Mexicana
- 1 de octubre (Transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
- 25 de diciembre (Navidad)
En el caso del 1 de octubre este día se contempla como descanso obligatorio cada seis años en el país, ya que es cuando se realiza el cambio del Poder Ejecutivo, en el caso de 2024, se celebrarán elecciones el próximo 2 de junio.
Si bien el país tradicionalmente presenciaba la ceremonia de entrega de la banda presidencial el 1 de diciembre, el próximo año se moverá al 1 de octubre, estableciéndose así esta fecha en el calendario.
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¿Dónde denuncio si no me pagan el día festivo?
Para el caso de que labores el día festivo y no se cubra, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo pone a tu disposición los números telefónicos 01800 911 7877 y 01 800 717 2942 para toda la República o escribe al correo [email protected], en donde te brindaran orientación de forma gratuita.
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