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Guasave, Sinaloa.- Tras hacerse pública la tala de 30 árboles de neem en Las Cañadas, Guasave, Sinaloa; caso por el que Ecología Municipal ya estableció este lunes 8 de diciembre, una multa de entre 300 y mil UMAs al productor responsable, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente aclaró, que no tiene injerencia en este procedimiento debido a la clasificación de la especie.
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La dependencia recordó que el neem —o nim— está catalogado como especie introducida e invasora, por lo que su manejo no se considera un tema forestal federal.
Marco Antonio Moreno León, delegado de Profepa en Sinaloa, precisó que estos árboles no representan un delito ambiental.
“Para nosotros, la persona responsable del predio lo puede retirar, porque es una especie introducida; no es una especie forestal para nosotros”, afirmó.
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¿El neem debe ser erradicado?
Según explicó, el neem es una especie invasora ya analizada por sus impactos negativos en la flora local. Por ello, su retiro no se clasifica como tala forestal, ni como ecocidio.
- Tala de árboles en Las Cañadas, Guasave
- Tala de árboles en Las Cañadas, Guasave
Señaló que la competencia recae en el Ayuntamiento, que puede evaluarlo como tema de ornato o imagen urbana.
El delegado indicó, que está documentado que esta especie desplaza flora nativa, situación similar a lo que ocurre con otras introducidas, como los álamos, que suelen confundirse con árboles regionales.
¿Qué recomienda Profepa a quienes tienen neem en sus parcelas o casas?
Moreno León sugiere reemplazarlo por especies locales, entre ellas mezquite, amapa u otras propias de la región, a fin de favorecer la regeneración de flora nativa.
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¿En qué casos sí actúa Profepa?
La dependencia interviene únicamente cuando se trata de tala o afectación a especies de interés forestal y pertenecientes a ecosistemas locales, no así en casos de maleza o árboles introducidos.


